REQUISITOS GENERALES

  • En caso de personas que cuentan con la condición de refugio:
    • . Fotocopia legalizada de la resolución emitida por la CONARE, mediante la cual se otorgó la condición de refugio o certificación que acredite dicho extremo; o documento que acredite fehacientemente su condición de persona refugiada reconocida por otro país emitido por autoridad competente.
    • Fotocopia simple de cédula de identidad de extranjero y presentación de la cédula de Identidad de Extranjero original, para su contrastación, la cual será devuelta inmediatamente al usuario(a).
    • Autorización de viaje emitida por la CONARE, según corresponda.
    • Certificado de carencia de antecedentes penales emitido por el REJAP.
  • En caso de personas que cuentan con la condición de apátridas:
    • Fotocopia legalizada de la resolución emitida por la CONARE, mediante la cual se otorgó la condición de apátrida a la o el solicitante o certificación que acredite dicho extremo; o documento que acredite fehacientemente su condición de apátrida reconocido por otro país, emitido por autoridad competente.
    • . Fotocopia simple de Cédula de Identidad de Extranjero y presentación de la Cédula de Identidad de Extranjero original, para su contrastación, la cual será devuelta inmediatamente al usuario(a).
    • Autorización de viaje emitida por la CONARE según corresponda.
    • Certificado de carencia de antecedentes penales emitido por el REJAP.

COSTO

  • 25 UFV´s
  • Costo en bolivianos: 57,5
  • El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.

Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.

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