OBJETO DEL TRÁMITE

RESIDENCIA PERMANENTE PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTES Y ASOCIADOS DEL MERCOSUR (ACUERDO SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE)

Autorizar la residencia permanente a personas extranjeras nacionales de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR que cuenten con una residencia mínima de 2 años dentro de los tres (3) meses previos al vencimiento de la residencia temporal indicada y así lo soliciten expresamente.

REQUISITOS GENERALES

  • Formulario de Declaración Jurada de solicitud de residencia permanente, obtenido de las oficinas o sitios Web de la Dirección General de Migración.
  • Pasaporte válido y vigente o cédula de identidad o certificado de nacionalidad expedido por la o el agente consular de los países partes y asociados del MERCOSUR.
  • Constancia de la residencia de dos (2) años vigente, de conformidad a los términos del Acuerdo.
  • En caso de pérdida o robo de la documentación mediante la cual se acreditaba la mencionada residencia y ésta no se encuentre registrada en los sistemas informáticos de la DIGEMIG: Presentar certificación de permanencia definitiva emitida por la DIGEMIG, previo al inicio del trámite (esta información podrá ser recabada a través de la página web: www.migracion.gob.bo).
  • Certificado de Antecedentes Penales - REJAP (no aplica a menores de 14 años de edad).
  • Acreditación de medios de vida lícitos, a través de la presentación de los siguientes documentos:
    • Si es por trabajo:
      • En caso de trabajo remunerado con relación de dependencia, presentar cualquiera de los siguientes documentos:
        • Contrato de trabajo laboral de la Institución, Entidad o Empresa, visado por el Ministerio de Trabajo, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, u otro relacionado
        • Contrato Civil con reconocimiento de firmas y rúbricas ante Notario de Fe Pública, adjuntando copia simple del Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica, o Registro de Comercio – FUNDEMPRESA, u otro relacionado.
      • En caso de trabajo lucrativo sin relación de dependencia:
        • Declaración jurada que establezca la actividad que desempeña, el lugar donde se establece, el tiempo que pretende permanecer en Bolivia, otros datos.
      • En caso de trabajo en virtud de Acuerdo o Convenio Estatal:
        • Copia simple del Acuerdo o Convenio Estatal.
      • Además presentar cualquiera de los siguientes documentos:
        • Certificación original que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
        • Carta de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
        • Copia legalizada del contrato emitido por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
      • En caso de trabajo en virtud de Acuerdo o Convenio Privado: Presentar cualquiera de los siguientes documentos:
        • Copia legalizada del Acuerdo o Convenio Privado Interinstitucional donde se establezca el tipo de trabajo que realiza en Bolivia.
        • Certificación original que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
        • Carta de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
        • Copia legalizada del contrato emitido por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
      • En caso de ser Religioso católico:
        • Certificado de la Misión, Arzobispado, Obispado, Parroquia o de la Conferencia Episcopal.
      • Si es por familia:
        • En caso de parentesco consanguíneo con personas de nacionalidad boliviana que vive en Bolivia:
          • Presentar documentación que acredite el vínculo consanguíneo: Certificado de nacimiento original o copia legalizada, documento nacional de identidad y copia simple de cédula de Identidad boliviana del pariente consanguíneo (hermano, hermana, hijo, hija) y original para su contrastación. La cédula de identidad será devuelta una vez contrastados los datos
          • En caso de que los datos de la Cédula de Identidad boliviana no sean coincidentes con los que figuran en el sistema del SEGIP, la o el solicitante deberá presentar Certificación de la Cédula de Identidad boliviana.
        • En caso de parentesco consanguíneo con personas extranjeras que radican en Bolivia:
          • Presentar documentación que acredite el vínculo consanguíneo: Certificado de nacimiento original o copia legalizada, documento nacional de identidad, copia de cédula de Identidad de Extranjero del pariente consanguíneo (padre, madre, hermano, hermana, hijo, hija) y original para su contrastación. La cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados los datos.
        • En caso de parentesco civil con persona de nacionalidad boliviana que vive en Bolivia:
          • Certificado de matrimonio original debidamente legalizado o copia legalizada, o resolución judicial de reconocimiento de unión libre o copia legalizada, y copia simple de la cédula de Identidad boliviana de la o el cónyuge.
          • En caso de que los datos de la Cédula de Identidad boliviana no sean coincidentes con los que figuran en el sistema del SEGIP, la o el solicitante deberá presentar Certificación de la Cédula de Identidad boliviana.
        • En caso de parentesco civil con persona de nacionalidad extranjera que radica en Bolivia:
          • Certificado de matrimonio original debidamente legalizado o copia legalizada, o resolución judicial de reconocimiento de la unión libre o copia legalizada, y copia de cédula de Identidad de Extranjero del cónyuge extranjero y original para su contrastación. La cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados los datos.
        • En caso de persona extranjera que contrajo matrimonio con persona de nacionalidad boliviana o extranjera en territorio boliviano:
          • Certificado de matrimonio emitido por el Servicio de Registro Cívico (SERECI) y copia simple de la cédula de Identidad boliviana o copia simple de la Cédula de Identidad de extranjero y original para su contrastación, de la o el cónyuge que vive o radica en Bolivia.
          • La cédula de identidad de extranjero será devuelta una vez contrastados los datos.
        • En caso de dependencia económica:
          • El respaldo será la declaración jurada que especifique que la persona que está solicitando la permanencia definitiva, depende económicamente de la persona que radica en Bolivia.
        • En caso de afinidad:
          • El respaldo será el o los Certificados de parentesco correspondientes debidamente legalizados de ambas partes (Ej.: Suegra, suegro, yerno, nuera, cuñado, cuñada, etc.).
        • En caso de tutela:
          • El respaldo será el Certificado emitido por autoridad competente de Bolivia debidamente legalizado.
        • Si es por otro motivo diferente a trabajo o familia:
          • Documentación que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano, original y legalizada en los casos que corresponda.
    • Fotografía actual (4x4 fondo blanco).
    • Constancia de pago del costo del trámite.
      • Certificación original que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No gubernamental, Fundación, u otra.
      • Carta de aceptación original o fotocopia legalizada emitida por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra
      • Documentación que acredite la actividad que realiza en territorio boliviano, original y legalizada en los casos que corresponda.Copia legalizada del contrato emitido por la Entidad o Institución de destino, Organización No Gubernamental, Fundación, u otra.
    COSTO
  • Costo en UFVs: 450
  • Costo en bolivianos: 1035
  • El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
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