OBJETO DEL TRAMITE
SOLICITAR EL REGISTRO DE INVITACIÓN A PERSONAS EXTRANJERAS PERTENECIENTES A LOS GRUPOS II Y III DE PAÍSES PARA LA EMISIÓN DE VISA CONSULAR.
APLICABLE A :
Persona Boliviana y Extranjera
INFORMACIÓN SOBRE TRÁMITE:
Procedimiento de registro de carta de invitación a personas extranjeras para la emisión de visa de ingreso por turismo o visita y permanencia transitoria por trabajo.
Autorizar el registro de invitación de personas naturales y jurídicas a personas extranjeras para la emisión de visa de ingreso por turismo o visita o permanencia transitoria por trabajo de acuerdo a normativa vigente.
El trámite es personal, sencillo y no requiere de tramitadores. El único importe que debes cancelar es el que establece la norma
REQUISITOS GENERALES
- Para visa de ingreso por turismo o visita:
- Carta de invitación con documentación que acredite su domicilio legal en Bolivia con cualquiera de los siguientes documentos que se detallan a continuación:
- Facturas de los últimos tres (3) meses de servicios básicos (agua, luz, teléfono) que se encuentren a su nombre.
- Contrato de alquiler o anticrético vigente.
- Otros relacionados.
- Carta de invitación con documentación que acredite su domicilio legal en Bolivia con cualquiera de los siguientes documentos que se detallan a continuación:
- Para permanencia transitoria por objeto determinado por trabajo (en caso de trabajo remunerado con relación de dependencia):
- Carta de invitación de la Entidad o Empresa, adjuntando la siguiente documentación:
- Copia simple de Acta de Constitución, NIT o su certificación electrónica o registro de comercio FUNDEMPRESA..
- Croquis de ubicación de la Entidad o Empresa.
- Carta de invitación de la Entidad o Empresa, adjuntando la siguiente documentación:
- Todos los documentos emitidos por el país de origen o de su última residencia en otro idioma diferente al español deberán ser traducidos y debidamente legalizados.
COSTO
- Costo en UFVs: 160
- Costo en Bs: 368
- El tramite tiene una duración de hasta 5 días.
- El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.
LUGAR DE ATENCIÓN:
- Oficina Central de la Dirección General de Migración - La Paz de Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 15:30 p.m.
NORMAS LEGALES QUE REGULAN EL TRAMITE:
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, de fecha 07/02/2009.
Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales, de 20/07/1990.
Ley Nº 2027 del Estatuto del Funcionario Público, de fecha 29/10/1999.
Ley Nº 2341 de Procedimiento Administrativo, de fecha 23/04/2002.
Ley de Migración N° 370 del 8 de mayo de 2013.
Decreto Supremo N° 1923 del 12 de marzo de 2014.
INFORMACION ADICIONAL