OBJETO DEL TRÁMITE
RECONOCIMIENTO DE NACIONALIDAD BOLIVIANA.
COSTO
- Costo en UFV's: 50
- Costo en bolivianos: 115
APLICABLE A :
Aplica a las solicitudes de reconocimiento de nacionalidad boliviana de aquellas personas nacidas en el exterior de madre o padre boliviano, mayores de dieciocho (18) años que no hayan accedido al registro civil de su nacimiento en las Representaciones Consulares de Bolivia en el exterior y que estén imposibilitadas de trasladarse a territorio boliviano al no contar con documento de viaje; o a aquellas que siendo menores de dieciocho (18) años estén imposibilitadas de registrar su nacimiento en los Consulados de Bolivia en el exterior o en el Servicio de Registro Cívico (SERECI), debido a algún impedimento para obtener su Certificado o Partida de Nacimiento del lugar donde hayan nacido; o personas nacidas en el exterior, que ingresaron a territorio boliviano y obtuvieron directamente la Cédula de Identidad boliviana, sin contar con registro de partida de nacimiento en el Servicio de Registro Cívico – SERECI (Anteriormente denominado Oficina de Registro Civil), y no existen registros de su naturalización en la Dirección General de Migración o en el Ministerio de la Presidencia y que sin embargo de ello, ejercieron derechos y obligaciones con la documentación otorgada, antes de la emisión del Decreto Supremo N° 24423 de 29 noviembre de 1996.
REQUISITOS GENERALES
- Entrevista a la o el solicitante a través de la Representación Consular correspondiente, o en las oficinas de la DIGEMIG, personalmente o vía electrónica.
- Formulario de Declaración Jurada de solicitud de inicio de trámite de reconocimiento de nacionalidad boliviana, obtenido de las oficinas o sitio web de la Dirección General de Migración.
- Cédula de Identidad Boliviana original y una fotocopia simple para su contrastación.
- Pasaporte Boliviano, si cuenta con el mismo
- Demostrar una permanencia de (2) dos años ininterrumpida en el país, presentando cualquiera de los siguientes documentos:
- Certificación de registro en el Padrón Electoral o Certificados de Sufragio.
- Certificado de nacimiento de hijo(s) o hija(s) nacidos en Bolivia.
- Documentos originales de estudio, trabajo o jubilación.
- Otros.
- Certificado de nacimiento original debidamente legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y su respectiva traducción si corresponde; o copia legalizada del Certificado de nacimiento y su traducción si corresponde.
- En caso de que el matrimonio civil haya sido celebrado en Bolivia:
- Certificado de Matrimonio original.
- En caso de que el matrimonio haya sido celebrado en el exterior:
- Certificado de matrimonio original legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia u homologado por el Servicio de Registro Cívico - SERECI, y su respectiva traducción si corresponde.
- Cédula de Identidad de la o el cónyuge boliviano y una fotocopia simple para su contrastación. En caso de que este documento no se encuentre en los registros del SEGIP, no cuente con este documento o la o el cónyuge boliviano hubiere fallecido, la o el solicitante deberá presentar certificación emitida por esta entidad.
- Fotografía actual (4x4 fondo blanco).
- Constancia de pago del costo del trámite.
INFORMACIÓN ADICIONAL
El costo del trámite será cancelado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno y en el Tesoro General de la Nación en el BANCO UNIÓN previa revisión y autorización del operador de ventanilla de la plataforma de atención. La Dirección General de Migración no se responsabiliza por depósitos realizados sin esta autorización.
El trámite es personal, sencillo y no requiere de tramitadores. El único importe que debes cancelar es el que establece la norma.