Preguntas frecuentes en Extranjería

1. Cuánto tiempo puede salir del país un ciudadano extranjero con Residencia Temporal Valida por 1 año y 2 años?

R.- Todo ciudadano extranjero al que se le hubiere otorgado la permanencia Temporal de un año y dos años, tiene derecho a salir del país hasta los tres meses (90 días). Si por algún motivo excede el tiempo establecido perderá indefectiblemente su permanencia, salvo autorización expresa de la Administración Departamental o de la Dirección Nacional Técnica de Extranjería y Pasaportes de la Dirección General de Migración, según quien sea la autoridad otorgante, como lo establece el Artículo 36 del Decreto Supremo Nº 24423 de noviembre 29 de 1996.

2. Cuánto tiempo puede salir del país un ciudadano extranjero con Residencia Permanente?

R.- El extranjero que goza de Residencia Permanente, puede salir del País hasta 2 años, si por algún motivo abandonase el país por más tiempo, perderá su radicatoria, salvo casos de fuerza mayor, de enfermedad o estudios debidamente probados y mediante autorización expresa de la Dirección Nacional Técnica de Extranjería y Pasaportes de la Dirección General de Migración, como lo establece el Artículo 40 del Decreto Supremo Nº 24423 de noviembre 29 de 1996.

3. Cuanto tiempo dura el trámite de Préstamo de Pasaporte?

R.- El trámite de Préstamo de Pasaporte dura 48 horas y se deberá adjuntar una fotocopia del pasaje de salida del País.

4. Cuando un ciudadano extranjero realiza el trámite de Objeto Determinado y por alguna razón solicita préstamo de pasaporte es necesario que antes de salir del país compre la Valorada de Salida al exterior para extranjero con residencia?

R.- Si es necesario ya que la valorada es un comprobante de que salió del país cumpliendo todas las formalidades estipuladas por la Dirección General de Migración.




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