AUTORIZACIÓN PARA AUSENTARSE DEL PAIS POR MÁS TIEMPO DEL ESTABLECIDO EN NORMATIVA VIGENTE 

OBJETO DEL TRAMITE

Aplicable a las personas extranjeras que cuenten con una permanencia transitoria, temporal o definitiva, que tengan que ausentarse por periodos de tiempo mayores a los previstos en la normativa vigente y que su permanencia se encuentre vigente al momento de su retorno a territorio boliviano.

REQUISITOS

Nota de solicitud de autorización de salida del país por más tiempo del establecido en el alcance del presente procedimiento, misma que deberá indicar el tiempo de ausencia o prórroga del permiso y el o los motivos respectivos.

Pasaporte o soporte físico en el que figure el tipo de permanencia con la que cuenta y fotocopia simple para su respectiva contrastación e inmediata devolución del documento original.

En caso de prórroga de autorización de salida del país, estando fuera del mismo: deberá escanear lo referido en el punto 2, además de la autorización emitida por la DIGEMIG para ausentarse del país por más del tiempo establecido:

Documentación que acredite los motivos por los que solicita la autorización de salida o prórroga de la autorización. Si la documentación fue emitida en el exterior deberá contar con la certificación de su autenticidad emitida por la o el representante consular sin otro recaudo, y su correspondiente traducción. En caso de que no exista una representación consular en un país vecino se aceptarán documentos originales traducidos si corresponde.

Si la persona extranjera realiza la solicitud durante su ausencia previo al vencimiento de su permanencia y presenta documentos de respaldo emitidos en el exterior, éstos deberán contar con la certificación de su autenticidad emitida por la Cancillería del país donde se encuentre y visado por la representación Consular de Bolivia en caso de que esta representación consular exista en el país donde se encuentra la persona extranjera.

Estos documentos pueden ser remitidos a la DIGEMIG, de la siguiente manera:

Electrónicamente al correo institucional de la DIGEMIG o al correo institucional de autoridad migratoria, adjuntando la documentación de respaldo escaneada.

Físicamente en la oficina central o en las administraciones departamentales de la DIGEMIG, adjuntando la documentación de respaldo o a través de apoderado(a) o mandante sin representación en territorio boliviano.

COSTO

Costo en UFVs: 60

Costo en Bolivianos: Bs.- 151.

 

Una vez autorizado el trámite, este deberá ser pagado en la cuenta fiscal recaudadora del Ministerio de Gobierno en el BANCO UNIÓN.